
- Nº 1 (rescindibles): Personas que tienen suficiente juicio y discernimiento, que sin embargo son incapaces de
obligarse, como los menores adultos (si realiza el acto Sera nulo, pero este se podra sanear con el tiempo,
purgado el vicio de nulidad la obligación natural se convertirá en civil)
- Nº 3 (nulas): ejercer actos en donde faltan las solemnidades (si en un contrato no cumple con las
solemnidades tendrá nulidad absoluta), pueden dar origen a una obligación natural (el testamento es
solemne, será nulo)
Obligaciones civiles desvirtuadas nº 2 y 4 (naturales)
- Nº 2: la obligación civil extinguida por la prescripción (la obligacion nacio perfecta ala vida del derecho), pero
si se cumple se puede retener el pago
- Nº4: obligaciones que no se han podido probar en un juicio pero que, si existieron, si no se puede probar y el
deudor paga voluntariamente y es capaz, ese pago es valido (obligación civil perfecta pero demandado al
deudor, el acreedor no logro aceditar su existencia y se vuelve natural)
No es taxativo, hay disposiciones diversas:
Pago de las multas estipulada en un contrato de esponsales (noviazgo)
- Art 99: La promesa de matrimonio, no se podrá demandar si alguno se arrepiente de casarse, no puede
demandarse el cumplimiento de promesa (no deberá pagar multa) (pero si se hbiere pagado la multa, no
podra pedirse la devolución (se autoriza la retencio de pago)) (aun así puede pagar porque se entiende como
una obligación natural)
Los juegos o apuestas licitos en donde predomina el esfuerzo intelectual: se denomina la destreza corporal e
intelectual, para el código civil estos juegos son ilícito, existen casinos porque el cc es una ley y una ley especial
puede derogar a otra (no le gusta el juego de azar entre privados)
- ilícitas: juegos de azar
- Licitas: predomina la destreza corporal en donde se producen obligaciones civiles perfecta (si apuesto 100
lucas que gano una carrera, te las puedo pagar) (si apuesto que gano un juego de ajedrez no puedo
demandar el pago, pero me pagas bien el pago de la cosa)
Destreza corporal: carrera corporal, obligación civil perfecta e donde puedo exigir el pago (obligación civil perfecta
porque produce acción)
Destreza intelectual: no se puede demandar el pago, pero si retener, porque el pago es una causa (obligación
natural porque no produce acción sino que excepción)
- 2260: el que gana no puede exigir el pago, pero si el que pierde paga, no puede repartir lo pagado a no ser
que se haya ganado con dolo ( no produce acción, sino excepción)
- Es obligación natural porque hay causa
- 1466: Los juegos y apuestas pueden ser licitas e ilícitas
Licitas: juegos de azar
En ilícito la causa es ilícita y no hay causa
Pago por un objeto o causa ilícita: no me pueden devolver lo pagado por algo ilicito, si no se llevria a cabo el acto
criminal
- Art 1468: no podrá repetirse lo que se haya dado o pagado por un objeto o causa ilicita a sabiendas
Obligaciones principales: pueden subsistir por si misma
Obligaciones Accesorias: requieren de una obligación principal para subsistir porque garantizan otra obligación
(incide en los contratos accesorios, dependientes, garantía)
Contrato dependiente: contrato de esponsales
Contrato Garantía: prenda, hipoteca, la fianza (poner el patrimonio de un tercero a la obligación principal de otra
persona)
La obligación accesoria deja de tener su razón de ser si la obligación principal ya no existe y se extingue en
consecuencia por accesoriedad, si se cumple la obligación del pago
- Me quiero comprar un departamento, pido uun credito y el banco me da un contrato de mutuo hipotecario y
un mandato, la obligación que hago con el banco es el mutuo
Obligaciones puras y simples: son aquellas deben cumplirse inmediatamente al momento de contraerse
- La compraventa por RG es un contrato consensual, compra y venta (compro algo, pago y me lo deben dar)