Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
El mundo al revés: el caso del fiscal general del Estado
Una vez finalizada la fase de instrucción y dictado el auto de apertura de juicio oral contra el fiscal general del Estado, no se advierte la existencia de indicio incriminatorio alguno en su conducta del delito por el que se decide la apertura de juicio contra él. Sí se advierte, por el contrario, una conducta más que controvertible del juez instructor.
En los dos extensos autos dictados por el juez Ángel Hurtado, el primero contra el fiscal general y la fiscal jefa de Madrid y el segundo contra el primero exclusivamente, no hay ni un solo indicio de la revelación de secreto que se le imputa. Los dos autos están repletos de “intuiciones”, como escribe Jordi Nieva Fenoll, pero no de indicios, que es lo que resulta imprescindible para justificar la apertura de un juicio oral. El juez instructor, sorprendentemente, descarta todos los contraindicios que han aparecido a lo largo de la instrucción, sin justificar de manera objetiva y razonable por qué lo hace.
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